CONDICIONES ECONÓMICAS

EJERCICIO 2008 / 2009

 

SECCIÓN MAYOR                                             leer Acuerdos Junta General

La Sección Mayor estará compuesta por todas las personas a partir de de 18 años, debidamente inscritos como falleros y sobre las que recaen las obligaciones económicas que se derivan de su condición de fallero.

12 meses a ........................................................24,50  €
                  TOTAL AÑO ............................................... 294,00  €

Compensación con lotería: Cantidad a vender para suplir el pago de la cuota mensual.

10 meses a .......................................................172,00 €
  2 meses ( Enero y Febrero) a ......................... 242,50 €
SECCIÓN MAYOR - JUVENILES                     leer Acuerdos Junta General

La Sección Juvenil estará compuesta por todos los jóvenes menores de 18 años, debidamente inscritos como falleros mediante autorización paterna o del tutor legal, personas en las que recaerán las obligaciones económicas que se derivan de su condición de fallero juvenil.

12 meses a .....................................................21,50 €
                  TOTAL AÑO ............................................258,00  €

Compensación con lotería: Cantidad a vender para suplir el pago de la cuota mensual.

10 meses a .......................................................155,00  €
  2 meses (Enero y Febrero) a ...........................192,50  €

 

 

SECCIÓN INFANTIL                                           leer Acuerdos Junta General

La Sección Infantil estará compuesta por todos los niños menores de 14 años, debidamente inscritos como falleros mediante autorización paterna o del tutor legal, personas en las que recaerán las obligaciones económicas que se derivan de su condición de fallero infantil.

Hasta 1 año de edad: GRATUITO

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De 1 a 4 años de edad:
12 meses a ...............................................7,00  €
                  TOTAL AÑO ....................................84,00  €
Compensación con lotería: Cantidad a vender para suplir el pago de la cuota mensual.

12 meses a ..............................................52,50  €

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A partir de 5 años de edad:

          12 meses a ....................................................13,60 €
                            TOTAL AÑO ..........................................163,20  €

Compensación con lotería:  Cantidad a vender para suplir el pago de la cuota mensual.
10 meses a ..............................................100,00  €
  2 meses (Enero y Febrero) a ..................112,00  €

 

 

ABONADOS
 12 MESES (Enero-Febrero) .......................................4,00 €
                                           TOTAL AÑO ------------------------------ 48,00 €

 

ACUERDOS JUNTA GENERAL

-         Las cuotas no satisfechas dentro de los 15 días, la mes vencido, sufrirán un recargo del 10%, incluyendo las compensaciones en lotería que no cubran cuota, excepto en el mes de Julio, que el plazo se amplia hasta el 15 de Septiembre.

-         El exceso de venta de participaciones de lotería, que pudiera resultar, después de cubrir la cuota del mes (nunca sobre cuotas anteriores), quedara como cantidad a cuenta de la cuota siguiente. Ahora bien, si una vez cubiertas las cuotas correspondientes al ejercicio, siguiera existiendo un exceso podrán aplicarse al pago de cuotas de familiares directos, y en el caso de producirse un sobrante este quedara en las arcas de la Falla.

-         Si al cierre del ejercicio, existiera un déficit económico, este se regularizara mediante un pago extraordinario, proporcional a cada tipo de cuota.

                                                                                        La Comisión